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Dotación de extintores recomendada para espectáculos y lugares de reunión

Los extintores se deben instalar en los distintos sectores según se indica en el siguiente cuadro.
Los locales o zonas siguientes, contenidos en edificios cuyo uso está destinado a espectáculos y
locales de reunión, se deben regir por las condiciones particulares propias de su uso específico, cuando
se superen los límites indicados a continuación:
• Viviendas del personal, viviendas de las personas, órdenes y congregaciones al servicio del culto,
etc.: se deben regir por las condiciones más afines, vivienda o residencial público.
• Zonas de administración: se deben regir por las condiciones particulares del uso administrativo y de
oficinas, cuando su superficie sea mayor que 500 m2.
Los equipos deben estar señalizados según lo indicado en el capítulo 7 (Señalización) ..
Se reitera que los extintores indicados conforman la DOTACIÓN MÍNIMA requerida para cada caso, lo
cual implica que es posible la instalación de extintores con prestaciones superiores a las indicadas, o
mayor cantidad de extintores

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