Los extintores se deben instalar en los distintos sectores según se indica en el siguiente cuadro.
Los locales de este uso cuya superficie total útil sea menor que 150 m2 y se encuentren integrados
con edificios de otro uso, se deben regir por las condiciones particulares de ese edificio.
Los equipos deben estar señalizados.
Se reitera que los extintores indicados conforman la DOTACIÓN MÍNIMA requerida para cada caso, lo
cual implica que es posible la instalación de extintores con prestaciones superiores a las indicadas, o
mayor cantidad de extintores.